La evidencia muestra que las medidas no privativas de la libertad pueden ser más efectivas para reducir la reincidencia en comparación con el encarcelamiento [1].
El examen de dos conjuntos de datos con 222 comparaciones de grupos de infractores (n = 68.248) indicó que los infractores que fueron encarcelados más tiempo tuvieron un ligero aumento del 3% en la reincidencia, en comparación con los infractores que fueron encarcelados por un período más corto. Además, al comparar una muestra adicional de 267.804 encarcelados contra otros que recibieron una medida no privativa de la libertad en la comunidad, se identificó que los encarcelados tenían un incremento del 7% en la reincidencia [2].
Otro estudio comparó la efectividad de las medidas no privativas de libertad con el encarcelamiento, utilizando diferentes enfoques metodológicos y una muestra de la población [3]. Los resultados revelaron que el encarcelamiento aumenta la reincidencia en los períodos de seguimiento de uno, dos y tres años, incluso después de controlar diferentes variables, como la edad, el sexo y la raza/etnia.
Una revisión sistemática de Campbell Collaboration incluyó 14 estudios de alta calidad, entre ellos tres estudios controlados aleatorizados (RCT) y dos experimentos naturales, y encontró evidencias contradictorias sobre la efectividad de las sanciones no privativas de libertad.
La revisión incluyó dos metaanálisis. El primero examinó únicamente los RCT y los experimentos naturales, y no constató diferencias significativas entre las sanciones privativas y las no privativas de libertad en cuanto a su impacto sobre la reincidencia. Las diferencias en términos de reincidencia son, en el mejor de los casos, modestas, aunque ligeramente favorables a las sanciones no privativas de libertad. El segundo metaanálisis incluyó únicamente estudios cuasi experimentales y sus resultados mostraron un efecto “criminógeno” significativo por parte de las penas privativas de libertad.
En general, los metaanálisis conducen a conclusiones contradictorias, a saber: efecto nulo si el análisis se limita a los RCT y experimentos naturales, y un efecto estadísticamente significativo a favor de las sanciones no privativas de libertad si el análisis se realiza con estudios cuasi experimentales. Los autores especulan con que esta diferencia puede explicarse por el hecho de que los RCT ofrecen mejores condiciones para controlar variables potencialmente influyentes, como las características personales de los infractores, las cuales pueden afectar a las decisiones de imposición de penas, así como a los riesgos de reincidencia. De todos modos, los autores concluyen que, aunque varios estudios hayan alcanzado el nivel requerido para su inclusión en la revisión sistemática, aún hacen falta nuevos estudios de alta calidad metodológica.