Se trata de una legislación destinada al registro de personas que han cometido delitos sexuales contra niños, y al uso de esa información por parte de los agentes de las instituciones policiales. El objetivo es estandarizar el sistema de información, controlar a los infractores y evitar la revictimización de los niños/as.
El registro incluye una foto, el nombre, la dirección y el delito cometido, y se utiliza como recurso para las investigaciones y las comprobaciones de antecedentes penales previas a la contratación en trabajos de cuidado de niños/as.
La implantación del sistema de registro implica:
1) registrar los datos de los autores de delitos sexuales contra niños/as durante al menos 10 años;
2) informar a los infractores sobre la existencia del registro al salir de la cárcel;
3) exigir a los infractores que actualicen sus datos;
4) verificar periódicamente el domicilio de los infractores; y
5) divulgar, cuando sea necesario, la información registrada para fines comunitarios y civiles.