La metodología de la justicia restaurativa tiene como premisa fundamental, en el marco de la justicia penal, la comprensión del delito como una violación de las personas y las relaciones y no simplemente una violación de la ley.
En consonancia con el principio de especialidad que rige en materia penal juvenil, el modelo de justicia restaurativa aplicado al abordaje de casos con jóvenes en conflicto con la ley penal entiende que la judicialización de los conflictos de esa naturaleza debe estar orientada a acompañar y brindar espacios de reflexión y responsabilización que permita a los jóvenes encarar proyectos de vida alejados del delito.
Para alcanzar dicho objetivo, el modelo persigue que estos tomen conciencia del daño ocasionado por su comportamiento, realicen de manera voluntaria acciones de reparación a la víctima y a la comunidad que favorezcan el restablecimiento de las relaciones afectadas por el conflicto y, finalmente, sigan un programa que los ayude a reinsertarse.
Los modelos de justicia restaurativa se pueden agrupar en tres grandes categorías: círculos de pacificación, conferencias familiares y mediaciones víctima-infractor/victimario.
La mediación victima-agresor (o “reunión de justicia restaurativa”) consiste en un encuentro cara a cara entre el autor del delito (que puede o no estar encarcelado) y la víctima, a través del consentimiento voluntario de ambas partes. La reunión, o una serie de ellas, es intermediada por un facilitador, con el objetivo de discutir la situación, sus consecuencias y un eventual contrato de reparación a favor de la víctima y una disculpa del autor, que buscan una reparación material y psicológica del crimen ocurrido.
Las conferencias de grupo familiar (Family Group Conferencing) constituyen una técnica de justicia restaurativa que se utiliza para la remisión de casos en general, y de jóvenes en particular, e involucra a la comunidad de personas más afectadas por el delito en la decisión de la resolución de un acto delictivo.
Por último, los círculos restaurativos son reuniones en las que participan personas directamente relacionadas con el conflicto, un facilitador y otras personas que tienen interés o pueden colaborar con la solución del conflicto (familia, docente, empleados, personas de la comunidad, etc.).