Se entiende por medidas alternativas las medidas judiciales aplicables antes o después de la condena que, en lugar de establecer una pena de prisión, pretenden, por decisión judicial, aplicar penas y sanciones no privativas de libertad.
En el caso del abordaje de casos de jóvenes en conflicto con la ley penal, la aplicación de medidas alternativas se alinea con los principios y garantías consagrados en los diversos instrumentos internacionales, los cuales reconocen a niños/as y adolescentes como sujetos especialmente protegidos. En el sistema de justicia penal juvenil, ese mandato se pone de manifiesto en los principios de especialidad, de desjudicialización y de intervención penal mínima.
Las medidas alternativas pueden agruparse en dos categorías distintas. Por un lado, las intervenciones previas a la sentencia o de remisión se llevan a cabo después de que un infractor ha sido declarado culpable de un delito (esto puede incluir una declaración de culpabilidad), pero antes de su ingreso formal en el sistema de justicia penal para dictar sentencia. Por otro lado, las intervenciones posteriores a la sentencia se llevan a cabo como parte directa de una sentencia o después de que se ha dictado una sentencia. La libertad condicional o provisional es una medida alternativa frente a la institucionalización de los jóvenes.